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Denegación de Asilo en España.

 

¿QUÉ HACER SI ME DENIEGAN LA SOLICITUD DE ASILO?


¿QUÉ PERSONAS PUEDEN SOLICITAR ASILO EN ESPAÑA?

En España pueden pedir Asilo todas aquellas personas que tengan el temor de ser perseguidos en su país de origen o de procedencia por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a un grupo social determinado, por razón de género u orientación sexual.

Dichas personas que se encuentren en esta situación, una vez lleguen a España podrán hacer la solicitud en:

  • La propia Oficina de Asilo o Refugio
  • En los puestos fronterizos, como puede ser un aeropuerto, en los puertos y las fronteras terrestres
  • También se puede hacer la solicitud en los centros de internamiento de extranjeros y
  • las oficinas de extranjería y las comisarías provinciales de policía.

Además también se podrá hacer la solicitud ante un Juez, si llegado el momento no hemos podido hacer la solicitud por cualquiera de la vías mencionadas anteriormente. Llegados a este punto debemos mencionar la reciente Sentencia del Tribunal Supremo donde se reconoce el derecho a solicitar asilo en las embajadas españolas.

Una vez que dicha solicitud ha sido admitida a trámite, los solicitantes deben probar esa persecución y temor al volver al país de origen, y en función de la documentación así como de las declaraciones del solicitantes, dicho proceso terminará en un resolución, bien concediendo o denegando la solicitud de Asilo.

ME HAN DENEGADO EL ASILO ¿QUÉ HAGO?

Puede darse el caso de que una vez que hemos tenido nuestra solicitud en trámite, hemos estado en España con nuestra Tarjeta Roja, nos llegue finalmente una denegación de nuestra solicitud de Asilo.

¿Qué debemos hacer en estos casos?

RECURRIR LA RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN DE ASILO

La primera de las opciones es recurrir la denegación de nuestra solicitud de Asilo.

Como cualquier otra resolución, una vez notificada la misma, tendremos un plazo determinado para recurrir.

  • Podemos interponer el recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde la notificación de la denegación de nuestro Asilo
  • Tendremos también la opción de acudir directamente a la Audiencia Nacional e interponer el correspondiente Recurso Contencioso Administrativo.

En este caso, la viabilidad de dichos recursos dependerán de cada solicitud y de cada individuo. Si te han denegado Asilo, lo mejor sería acudir a un especialista para que valore tu situación y te asesore sobre si es recomendable o no interponer alguno de estos recursos.

SOLICITAR UN ARRAIGO SOCIAL

Otra de las opciones que tenemos si nos han denegado el Asilo es solicitar el conocido Arraigo Social.

Como bien sabéis muchos de vosotros, el procedimiento de Asilo lleva su tiempo y en algunas ocasiones el proceso se dilata años.

Si te encuentras en este supuesto, puede darse el caso que hayas permanecido en España los 3 años necesarios para tramitar el Arraigo Social o estés cerca cumplir este plazo.

Ya sabéis que para poder tramitar el Arraigo Social debes haber permanecido en España al menos los 3 años previos a la solicitud. Es una buena opción si estás en cumplimiento de este plazo, plantearte tramitar este Arraigo Social una vez tengas tu Asilo denegado.

Como cualquier solicitante, deberás cumplir todos y cada uno de los requisitos establecidos, es decir, llevar tres años en España, contar con una oferta de empleo, tener vínculos familiares en España o presentar un informe de arraigo que acredite tu integración social.

Además os recordamos, que desde hace algunos meses ya es posible tramitar el Arraigo Social si tienes tu solicitud de Asilo en trámite.

SOLICITAR UNA TARJETA COMUNITARIA

Si tienes algún vínculo con un ciudadano comunitario o ciudadano español, puedes plantearte solicitar tu Tarjeta de Familiar de Comunitario.

Puede darse el caso, de que el solicitante de Asilo tenga familiares directos en España, y éstos sean ciudadanos españoles o comunitarios. Lo más normal sería que el solicitante de Asilo ya hubiese tramitado esta tarjeta de residencia en España, pero si no lo has hecho (por el motivo que sea) podrás solicitar esta tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano UE si te han denegado el Asilo.

El hecho de tener una solicitud de Asilo denegada no impide ni interfiere en la solicitud de la Residencia Comunitaria que puedes hacer en la Oficina de Extranjería correspondiente.

Solicitar una Autorización de Residencia por Razones Humanitarias

Otra de las opciones que tenemos una vez recibimos la denegación de Asilo es pensar en la Autorización de Residencia por Razones Humanitarias.

Como ya hemos comentado en otros artículos y noticias el Reglamento y Ley de Extranjería contempla la posibilidad de tramitar una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, autorización que otorga una residencia en nuestro país con la podrás vivir de forma totalmente legal.

En este caso, lo ideal es que un especialista valore tu situación y estudie si es viable o no tramitar este tipo de autorización en España.


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